Skip to Content
Questions or Comments: pep@tceq.texas.gov

Participacion del Publico en Permisos Ambientales

Un resumen de los procesos establecidos para la participación del publico en las solicitudes para permisos de calidad de agua, de residuos y de aire, cuando una audiencia de lo contencioso es possible bajo la ley de Texas.

(This page in English. / Esta página en inglés.)

Descargar: Participacion del Publico en Permisos Ambientales (GI-233esp)

Red arrow to highlight content La TCEQ reconoce la magnitud de los impactos que el desastre climático ha tenido en nuestros compañeros tejanos. La TCEQ considerará las solicitudes de extensión de plazo para participación pública caso por caso. La agencia alienta al público a buscar prórrogas y presentar comentarios, solicitudes de reuniones públicas y solicitudes de audiencia cuando sea posible, para que sus solicitudes de extensión de plazo puedan ser consideradas plenamente. Para más información sobre como entregar su solicitud, visita la pagina internet Solicitudes de extension de plazo para participación pública.



Introducción

Est página web tiene el único propósito de proveer una perspectiva general sobre la participación del público en el proceso de permisos. Debido a la gran cantidad de posibles circunstancias que hay, no pudimos tratar todos los detalles que posiblemente podrían aplicar. Así que por favor lea este folleto para una comprensión básica de sus derechos y responsabilidades en este proceso, pero tome en cuenta que hay variaciones.

La Comisión de Calidad Ambiental de Texas (TCEQ) es la agencia ambiental del estado. Tres comisionados de tiempo completo, nombrados por el gobernador, establecen la dirección y política general de la agencia, y hacen decisiones finales sobre asuntos de permisos impugnados y de aplicación de la ley. Un director ejecutivo (ED, por las siglas en inglés), contratado por los comisionados, tiene la responsabilidad de administrar las operaciones diarias de la agencia.

Entre sus muchas funciones, la TCEQ es obligada a examinar solicitudes para una gran variedad de permisos ambientales. Los procedimientos bosquejados en este folleto cubren solicitudes para los siguientes tipos de permisos (así como ciertas enmiendas y renovaciones a estos permisos):

  • Water quality permits (Permisos de calidad de agua)
  • Beneficial land use permits (Permisos de uso benéfico del suelo)
  • New source review air permits (Permisos atmosféricos por examen de nuevas fuentes)
  • Municipal solid waste permits (Permisos para desechos sólidos municipales)
  • Industrial solid waste permits (Permisos para desechos sólidos industriales)
  • Hazardous waste permits (Permisos para desechos peligrosos)
  • Underground injection well permits (Permisos para pozos de inyección subterránea)

Examen Administrativo de Solicitudes de Permisos

Cuando una solicitud de permiso es recibida por la TCEQ, personal la examina para determinar si el solicitante ha presentado todas las partes necesarias de la solicitud. Este proceso se denomina examen administrativo. Si se han presentado todas las partes, se considera que la solicitud está administrativamente completa y la agencia expide un Aviso de Recibo de Solicitud e Intención de Obtener un Permiso, o NORI (por sus siglas en inglés).

El NORI describe la ubicación y naturaleza de la actividad propuesta, e incluye los contactos de la agencia y el solicitante para mayor información, y la ubicación en el condado donde se puede ver y copiar la solicitud.

El solicitante es obligado a publicar el NORI en un periódico dentro de 30 días después de que la solicitud se haya declarado administrativamente completa. (En algunos casos, el solicitante quizás tenga que publicar el aviso en otros idiomas además del inglés.) El NORI también debe ser mandado a ciertos terratenientes—excepto en el caso de solicitantes de permisos atmosféricos, quienes en lugar de eso deben poner alrededor de la propiedad letreros con datos sobre la solicitud e información de contacto.

Respuesta al Aviso Público

Todos los NORI contienen instrucciones para presentar comentarios, apuntarse en una lista de correos, pedir una reunión pública y pedir una audiencia de caso impugnado. Estos comentarios o peticiones se nos pueden mandar en cualquiera de las siguientes maneras:

En nuestro sitio Web:
https://www.tceq.texas.gov/goto/comment

Por correo (U.S. mail):
Office of the Chief Clerk, MC 105
TCEQ
P.O. Box 13087
Austin, TX 78711-3087

En persona o por mensajero:
Office of the Chief Clerk
TCEQ
12100 Park 35 Circle, Bldg. F
Austin, TX 78753

Por fax:
512-239-3311
(Nota: Si manda un fax, el original debe ser mandado por correo o presentado en persona al chief clerk [secretario oficial] y debe ser recibido dentro de tres días hábiles.)

Comentarios referentes a la solicitud se pueden mandar a la agencia, y la agencia está obligada a examinar y contestar los comentarios que hayan sido presentados a tiempo, en una Respuesta a Comentarios (RTC, por las siglas en inglés) formal antes de que se expida el permiso. Para que se tome en cuenta un asunto en una audiencia de caso impugnado, el asunto debe primero haberse planteado en un comentario o en una petición para una audiencia de caso impugnado durante el período de comentarios públicos.

Cómo Apuntarse en una Lista de Correos

Si presenta un comentario, pide una reunión pública o pide una audiencia de caso impugnado referente a una solicitud específica, se le añadirá automáticamente a la lista de correos para esa solicitud de permiso específica. También puede pedir que se le ponga en uno de estos dos tipos de listas de correos:

  1. La lista permanente de correos para un nombre de solicitante y número de permiso específico.
  2. La lista permanente de correos para un condado específico (que incluye todos los avisos atmosféricos, de agua y de residuos en ese condado).

Si quiere ser añadido a una de estas dos listas adicionales de correos, debe mandar una petición al chief clerk (secretario oficial). En su petición, especifique la lista o listas de correos a la que quiere que se le añada, y dé su nombre y dirección completos.

Pedir una Reunión Pública

Las reuniones públicas le dan al público la oportunidad de enterarse sobre la solicitud, hacerle preguntas al solicitante y a la TCEQ, y presentar comentarios formales. No se toma ninguna decisión de aprobar o denegar una solicitud durante una reunión pública.

La TCEQ celebrará una reunión pública si hay interés serio en la solicitud, si lo pide un legislador del área del propuesto proyecto, o si de alguna otra manera lo exige la ley.

Una petición para una reunión pública se debe presentar por escrito al secretario oficial (chief clerk) durante el período de comentarios públicos y deberá especificar que es una petición para "una reunión pública" (public meeting). Una petición que pide "una audiencia pública" (public hearing) se le considerará como una petición para una audiencia de caso impugnado.

Pedir una Audiencia de Caso Impugnado

La decisión de los comisionados en cuanto a otorgar una audiencia o no se basa en parte en la información proporcionada por el peticionario. La persona que pide una audiencia debe demostrar que es una “persona afectada” para que se le pueda otorgar estatus de parte interesada. Esto quiere decir que el peticionario sería personalmente afectado por la decisión del permiso y que otorgar el permiso afectaría intereses que son específicos al peticionario y que el público en general no compartiría, tales como perjudicar la salud o seguridad del peticionario o interferir en la capacidad del peticionario de usar su propiedad o disfrutar de ella. Las partes afectadas pueden usar este proceso para oponerse a la decisión preliminar del director ejecutivo (ED) sobre una solicitud.

Una audiencia de caso impugnado es un proceso legal parecido a un juicio civil en un juzgado estatal de distrito. Las audiencias las celebra la Oficina Estatal de Audiencias Administrativas (SOAH, por sus siglas en inglés), una agencia independiente encargada de celebrar audiencias para agencias estatales. Cuando un caso impugnado se le manda a la SOAH, un juez de derecho administrativo presidirá sobre la audiencia y tomará en cuenta pruebas en forma de testimonio jurado de testigos y documentos presentados como pruebas.

Debido a que las audiencias de caso impugnado son procesos legales, las partes quizás quieran contratar un abogado para asegurarse de que se representen sus intereses plenamente. Sin embargo, no es requisito que haya representación de un abogado.

Peticiones para audiencias de caso impugnado deberán incluir la siguiente información:

  • El nombre del peticionario (de la audiencia), con su dirección y su número de teléfono durante el día.
  • El número del permiso y el nombre del solicitante (del permiso).
  • Una declaración que claramente pida una “audiencia de caso impugnado”.
  • La ubicación de la casa, negocio o propiedad afectado del peticionario, y su distancia de las instalaciones propuestas.
  • Una explicación detallada de cómo el peticionario se vería adversamente afectado por las instalaciones o actividades propuestas en una manera que no es común al público en general.

Si la petición se hace a nombre de un grupo o asociación, la petición deberá de identificar uno o más miembros que tengan la capacidad procesal de pedir una audiencia, y declarar cómo los intereses que el grupo o asociación trata de proteger son relevantes a los fines del grupo.

Por favor note: Para retener el derecho a una audiencia de caso impugnado sobre una solicitud para ciertos permisos atmosféricos, cuando menos una petición para una audiencia deberá de haber sido presentada durante el período de tiempo especificado en el NORI. Para mayor información sobre esto, vea “Examen Técnico de Solicitudes para Permisos”, a continuación.

Examen Técnico de Solicitudes para Permisos

Después de que se haya determinado que la solicitud está completa desde el punto de vista administrativo y se ha expedido el NORI, personal de la TCEQ examina la solicitud para determinar si satisface los requisitos reguladores estatales y federales. Este proceso se llama examen técnico. Si la solicitud reúne todos los requisitos, el director ejecutivo (ED) expide su decisión preliminar en un segundo aviso, llamado Aviso de Solicitud y Decisión Preliminar (NAPD, por las siglas en inglés), que se manda a la lista de correos y se publica en un periódico. El NAPD proporciona otra oportunidad para presentar comentarios, solicitar una reunión pública y/o una audiencia pública, o pedir ser añadido a la lista de correos.

El Cierre del Período de Comentarios Públicos

El periodo de comentarios públicos típicamente termina 30 días de la fecha de publicación del NAPD. En el caso de solicitudes atmosféricas, si no se ha pedido una audiencia de caso impugnado, el período de comentarios termina en la fecha especificada en el NORI. Si una reunión pública se celebra después del cierre del período de comentarios, entonces el período de comentarios se extiende hasta que no termine la reunión pública.

Después del cierre del período de comentarios públicos, personal toma en cuenta todos los comentarios presentados a tiempo para determinar si cualquier asunto planteado requiere cambios a la decisión preliminar y/o al permiso propuesto y prepara una respuesta escrita a todos los comentarios relevantes. Esta respuesta y la decisión del director ejecutivo (ED) son enviadas a la lista de correos, incluyendo a todos los que hayan hecho comentarios.

Si no se recibe ninguna petición para una audiencia sobre una solicitud y ésta reúne todos los requisitos aplicables, el ED podrá expedir el permiso.

Protestar la Decisión del Director Ejecutivo

Cuando el director ejecutivo (ED) haya dado a conocer la decisión, en muchos casos hay todavía tres posibles maneras de protestar la decisión: Puede presentar una petición para una audiencia de caso impugnado, una petición para reconsideración, y/o una moción para anular.

Petición para una Audiencia de Caso Impugnado

Si se presentaron comentarios durante el período de comentarios, hay una oportunidad de pedir una audiencia de caso impugnado. La petición para una audiencia se deberá de basar en asuntos que se plantearon durante el período de comentarios, en comentarios que no hayan sido retirados posteriormente. La petición para una audiencia se deberá de recibir a más tardar 30 días después de la fecha del oficio de decisión, que el secretario oficial (chief clerk) manda por correo.

Cuando se presente una petición para una audiencia, el peticionario deberá (1) contestar cualquier comentario bajo disputa, y (2) especificar la base factual de la disputa. Para mayor información, vea “Pedir una Audiencia de Caso Impugnado”, más arriba.

Excepción: En el caso de ciertas solicitudes atmosféricas, si hay comentarios pero ninguna petición para una audiencia de caso impugnado como respuesta al primer aviso, o NORI, personal de la TCEQ contestará los comentarios, pero ya no hay oportunidad de pedir una audiencia. Las personas que deseen otro examen del permiso por la Comisión deberán presentar una moción para una anulación (vea “Moción para Anular”, a continuación). Las personas que deseen ejercer todos sus derechos a oponerse al permiso deben también presentar una petición para examen judicial en el Juzgado de Distrito del Condado de Travis. Esta petición quizás tenga que ser presentada antes de una decisión de la Comisión sobre la moción para anular.

Petición para Reconsideración

Además, después de que se haya mandado por correo la carta de decisión, cualquier persona tiene la opción de presentar una petición para reconsideración, que les pide a los comisionados que reconsideren la decisión del ED. La petición deberá de incluir su nombre, dirección y número de teléfono, y por qué cree que se debe de reconsiderar la decisión. La petición para reconsideración la deberá de recibir el secretario oficial (chief clerk) a más tardar 30 días después de la fecha del oficio de decisión.

Moción para Anular

Si no se recibe ninguna petición para una audiencia o reconsideración y el director ejecutivo expide el permiso, cualquier persona pude presentar una moción para anular, pidiendo que los comisionados anulen la acción del ED. La moción deberá de ser presentada a más tardar 23 días después de la fecha en que la agencia haya mandado por correo el aviso de permiso firmado, y deberá de explicar por qué los comisionados deberían examinar la acción del ED. Si los comisionados no han hecho nada sobre una moción para anular dentro de 45 días después de la fecha en que la agencia haya mandado por correo el aviso del permiso firmado, la moción de ese modo se deniega, a menos que se haya específicamente concedido una extensión de tiempo.

Examen de Peticiones para Reconsideración y Audiencias de Caso Impugnado

Todas las peticiones para reconsideración y para audiencias de caso impugnado que se presenten a tiempo se considerarán en las reuniones regulares (agenda) de los comisionados. En estas reuniones los comisionados deciden si van a conceder o denegar las peticiones. Al hacer sus decisiones, toman en cuenta comentarios y peticiones públicas, informes, las respuestas del director ejecutivo (ED) a comentarios, y los estatutos y normas aplicables. Por lo tanto, es muy importante que los peticionarios expliquen completamente—en comentarios escritos y respuestas a informes—las razones que tienen por las cuales no se debe aprobar una solicitud. No se aceptan comentarios orales en reuniones regulares a menos que lo especifiquen los comisionados, y los peticionarios no están obligados a asistir. Sin embargo, los comisionados podrán hacerle preguntas a los peticionarios (si se presentan), al solicitante, o a personal de la TCEQ.

Si los comisionados deciden otorgar una petición para una audiencia de caso impugnado, el caso se remite a la SOAH con una lista de asuntos a considerar durante la audiencia. Al terminar la audiencia de la SOAH, el juez expide una propuesta para decisión, que se le presenta a la TCEQ para consideración formal. Los comisionados entonces aprueban, deniegan, o modifican la propuesta para decisión.

Antes de la audiencia de SOAH, los comisionados podrían remitir la solicitud a resolución alternativa de disputas, para determinar si es posible un acuerdo que sea mutualmente aceptable. Si la disputa se puede resolver por vía de mediación, podría no ser necesario continuar con el proceso administrativo. Sin embargo, si la disputa no se resuelve, las partes pueden todavía proceder a la audiencia de SOAH.

Protestar la Decisión de los Comisionados

Si los comisionados deniegan una petición para una audiencia de caso impugnado o aprueban una solicitud para permiso después de que haya pasado por el proceso de audiencia de caso impugnado, protestantes podrán presentar una moción para una nueva audiencia, pidiendo que los comisionados revisen su decisión. Esta moción para nueva audiencia es un requisito esencial para poder apelar a un Juzgado de Distrito, y se deberá de presentar dentro de 20 días después de que se le haya dado aviso de la decisión. Si los comisionados no hacen nada sobre la moción dentro de 45 días después de que se le haya dado el aviso de la decisión, la moción se deniega por efecto de la ley. Si los comisionados no reciben una moción para nueva audiencia, la acción de los comisionados se vuelve final.

Para Mayor Información

Programa de Educación del Público
(Public Education Program)
800-687-4040

El Programa de Educación del Público proporciona información al público sobre el estado de solicitudes y el proceso de obtener permisos.

Oficina del Consejo de Interés Público (OPIC)
(Office of Public Interest Counsel)
512-239-6363

OPIC provee información al público sobre los aspectos legales del proceso de audiencias de caso impugnado.

Resolución Alternativa de Disputas (ADR)
(Alternative Dispute Resolution)
512-239-0687

ADR ayuda con la resolución informal de casos impugnados.